La recuperación de una vieja deuda - Ooreka

Una deuda no es eterna Bueno saber: el artículo L del Código del consumidor, establece:"la acción de Los profesionales, para los productos o servicios que ofrecen a los consumidores, se prescribe por dos años."Esta regla se aplica a todos los profesionales, independientemente de su actividad, pero sufre muchas excepcionesAquí están algunos ejemplos: La fecha de inicio para el período que se encuentra al final de la fecha de presentación de la factura en disputa, y no el día del servicio (Cass. re civ, neu fjuin, recurso de apelación n° de.) Nota: si usted solicita un retraso para el profesional para pagar su deuda, el plazo de prescripción se interrumpe y el plazo comienza en la fecha de esta carta. Por ejemplo, si al final de un año y medio, enviar un correo electrónico para solicitar un retraso en el pago, la deuda no se extingue en meses, pero años después de la fecha de esta carta. Usted tiene derecho a reclamar la cantidad que usted debe ser un profesional de años desde el día en que él habría tenido que pagar esta cantidad. Bueno saber: incluso si usted ha firmado un contrato con el profesional que indica que el plazo de prescripción es más corta, esta cláusula no es válida, y es siempre el período de años que deben ser tomados en cuenta. Bueno saber: actuar antes de que el prud'hommes, tienes años para impugnar un despido y un año para impugnar una ruptura conventionnelle. Nota: con la Administración, incluidos los servicios de impuestos, los plazos son completamente diferentes, usted puede consultar con la oficina de impuestos. Para las deudas entre particulares, el plazo de prescripción de la deuda es de años. Si usted ha prestado dinero a un amigo, o si usted vende una propiedad de un individuo, por lo que tiene años para reclamar la cantidad a partir de la fecha del préstamo o la venta. Una vez que este período es el pasado, usted no tiene ninguna manera de forzar a la persona a pagar. Es bueno saber: en una sentencia de de junio de, el Tribunal de apelación ha aclarado que la prescripción de cinco años se aplica también a la contribución para el mantenimiento y la educación de los niños. Es bueno saberlo: es la persona que reclama la cantidad de probar la existencia de la deuda de acuerdo con el artículo del Código civil:"el que reclama la ejecución de una obligación debe probarla.".